Contacto con el mundo exterior

Todos los reclusos tienen derecho a recibir visitas

El sistema penitenciario colombiano posee dos regímenes de visita: el de las cárceles de primera generación y el de las cárceles de segunda y tercera generación (basadas en el modelo punitivo americano). En las prisiones de primera generación, las personas privadas de libertad tienen derecho a recibir visitas cada siete días, generalmente el domingo. Las visitas se reciben en los espacios de vida de los reclusos, el patio común o las celdas. Las visitas conyúgales se realizan en espacios improvisados, llamados “cambuches”, en el patio común. En las prisiones de segunda y tercera generación, las visitas se realizan cada 15 días. Los reclusos reciben a las visitas en locutorios, esposados y con el uniforme.

Un estudio publicado por la organización Dejusticia, señala que es común que las mujeres reclusas no reciban visitas de sus allegados, bien sea porque estos carecen de recursos para desplazarse o porque reprochan a las internas haber sido encarceladas. El estudio relata el caso de Esther, a quien su padre “reclamóque se hubiera metido a ‘vender droga, porque todo el mundo sabía que su familia era muy trabajadora y honesta’ y durante su encarcelamiento no la visitó. Varias de ellas señalan que este tipo de circunstancias las ha hecho convertirse en consumidoras habituales de ‘bazuco y marihuana’. Dicen que eso ‘les hace bien porque las relaja’.”1


  1. Dejustica, “Mujeres, políticas de drogas y encarcelamiento”, mayo 2016, p. 35.