Resumen

Tasa de encarcelamiento (por 100 000 habitantes)

236

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2017
/ Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario

Número de reclusos

118.925

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2017
/ Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario

Tasa de ocupación

152 %

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2017
/ Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario

Un organismo de control ha emitido alguna decisión relativa a la sobrepoblación carcelaria

La Corte Constitucional declaró, a través de la sentencia T-388 del 2013, el estado de cosas inconstitucional del sistema penitenciario y carcelario. Dicha decisión fue reiterada dos años después, por la sentencia T-762, que “menciona que el aumento exagerado del hacinamiento se deriva de una política criminal reactiva, populista, poco reflexiva, volátil e incoherente1.


  1. omisión de Seguimiento de la Sentencia T-388 de 2013, “Segundo Informe”, enero 2017, p. 2. 

  • Por ello, la Corte Constitucional ordenó al Gobierno impedir el ingreso de reclusos a 40 centros penitenciarios en todo el país, entre 2011 y 2014; entre ellos estabanla cárcel de Valledupar (sentencia T-282 de 2014), La Modelo de Bogotá, Vistahermosa en Cali, Bellavista de Medellín y La Modelo de Bucaramanga.

Estudios señalan que las principales causas de estos altos índices de encarcelamiento son las políticas de “mano dura”, que han creado nuevos delitos o extendido la duración de las penas previstas, como la ley 1121 de 2006 y la 1453 de 2011. El uso excesivo de la prisión preventiva y la ineficiencia de la justicia también contribuyen al empeoramiento del sistema penitenciario.

Nombre del ministerio responsable de la administración penitenciaria

Ministerio de Justicia y del Derecho

Presupuesto de la administración penitenciaria

660 millones de dólares, de los cuales tres cuartas partes correspondieron a gastos administrativos y un tercio al mantenimiento de infraestructuras.

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2015

La administración delega a empresas privadas la gestión, parcial o total, de los establecimientos penitenciarios

El Gobierno anunció la construcción de 19 000 plazas, en los próximos cuatro años, a través de Alianzas Publico-Privadas (APP).

Colombia posee en total 136 Establecimientos de Reclusión de Orden Nacional (ERON), clasificados en tres categorías según su fecha de construcción:

  • Primera generación: corresponde a 121 ERON, construidos entre 1611 y principios de los años noventa. De acuerdo con el INPEC, estos establecimientos poseen en total 40 098 cupos pero albergaban a 73 639 internos en enero del 2017.
  • Segunda generación: corresponde a cinco ERON, construidos entre los años noventa y principios del siglo XXI. Estos establecimientos tienen en total 9788 cupos pero albergaban a 10 261 reclusos para esa misma fecha. Valledupar, Acacias, Popayán, Combita, Girón y La Dorada son algunos de los lugares donde hay establecimientos de segunda generación.
  • Tercera generación: corresponde a diez ERON, abiertos entre el 2010 y el 2011. Poseen 28 532 cupos pero albergaban a 35 025 reclusos para esa misma fecha.

Número total de establecimientos

136

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2017
/ ICPR

Capacidad total del sistema penitenciario

78.418

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2017

Evolución de la capacidad total del sistema penitenciario

aumento

El complejo carcelario Jamundí (a 24 km de Cali), de tercera generación, es la prisión más grande de Colombia, con 4200 cupos. Este establecimiento se compone de módulos de baja, media y máxima seguridad, y separa a los preventivos de los condenados.

Los establecimientos penitenciarios están comunicados por el transporte público

la mayoría de los establecimientos

En el 2000, el Buró Federal de Prisiones de Estados Unidos firmó un acuerdo bilateral con las autoridades colombianas,en el marco del Plan Colombia, para ayudar en la concepción de la “Nueva Cultura Carcelaria”. Este plan buscaba construir nuevas prisiones (las de la llamada “segunda generación”) inspiradas en los principios arquitectónicos del pabellón de máxima seguridad del complejo penitenciario Coleman, en Florida. Los expertos americanos también introdujeron nuevas prácticas penitenciarias y participaron en el proceso de formación del personal penitenciario. Esta ha sido la asistencia internacional más importante de la historia del Buró de Prisiones de Estados Unidos.

De acuerdo con la geógrafa Julie de Dardel, las principales características del modelo carcelario exportado de Estados Unidos a Colombia son:

  • la organización en módulos autónomos;
  • el cemento y el ambiente visual monocromático en gris—esto contrasta con los establecimientos de mediana y baja seguridad, hechos de ladrillo y con color en las paredes;
  • la concepción de las celdas;
  • los dispositivos electrónicos de seguridad;
  • el concepto de un “mega complejo penitenciario”1.

La prisión de Valledupar fue el único establecimiento de segunda generación que mantuvo una estructura similar a los de primera generación (con los módulos de vida distribuidos a lo largo de un pasillo de seguridad). Sin embargo, como en el modelo americano, cada módulo es autónomo y tiene su propio comedor y sala de visitas.

Las autoridades colombianas autorizaron la construcción de diez mega complejos carcelarios “de tercera generación”, de hasta 5000 plazas. Los proyectos, quese iniciaron entre 2004 y 2005,se terminaron entre 2010 y 2011, y tuvieron un sobreprecio de 60 millones de dólares con respecto al presupuesto aprobado.

Los complejos de “tercera generación”, que en ciertos casos albergan a hombres y mujeres, tienen módulos de diferentes niveles de seguridad y unidades de aislamientos. Contrariamente a las prisiones de “primera generación”, los mega-complejos penitenciarios están construidos en zonas rurales y de difícil acceso. Según de Dardel, “ser trasladado a una prisión de la Nueva Cultura Carcelaria es una amenaza permanente y eficaz para hacer que los reclusos ‘se queden tranquilos’y no defiendan sus derechos2. Los traslados también se efectúan para distribuir a la población carcelaria en función de las plazas disponibles en los diferentes centros penitenciarios.

Las infraestructuras de las cárceles de segunda y tercera generación se encuentran en mal estado y muchos de los dispositivos de seguridad electrónicos instalados ya no funcionan. En un informe del Contralor General se afirma que el 88 % de la infraestructura carcelaria “está obsoleta”. El Gobierno colombiano asigna recursos para la construcción de nuevas prisiones pero no para la mejora de las condiciones de reclusión.


  1. Julie de Dardel, Exporter la prison américaine. Le système carcéral colombien à l’ère du tournant punitif, 2016, p. 121 (en francés) 

  2. Ibid., p. 182 

En el marco de la implantación de la “Nueva Cultura Carcelaria”, los expertos americanos formaron al personal penitenciario colombiano a prácticas como la “extracción de celdas” (traslados fuera de la prisión), el uso de la fuerza (con armas no letales como gas pimienta y tasers) y de grupos de choque anti motines.

La organización de los diferentes grados de los Cuerpos de Custodia y Vigilancia Nacional también responde a una lógica militar, a pesar de que la ley establece que es un servicio civil del Estado.

Los principales grados son:

  • Oficiales de seguridad, logística o de tratamiento penitenciario
  • Suboficiales
  • Dragoneantes
  • Alumnos que estén prestando el servicio militar.

El actual director, asignado en noviembre del 2014, es el Brigadier General Jorge Luis Ramírez Aragón, un funcionario de la Policía Nacional, formado en Estados Unidos.

Según Julie de Dardel, “la introducción del modelo americano reforzó la militarización del sistema carcelario colombiano1 que, de por sí, tenía una tradición militarista importante. Los altos funcionarios del INPEC, bien sea a nivel federal o los directores de los diferentes establecimientos, son miembros del alto mando militar o de la policía nacional, que también tiene un funcionamiento de corte castrense. La organización de los diferentes grados de los Cuerpos de Custodia y Vigilancia Nacional también responde a una lógica militar, a pesar de que la ley establece que es un servicio civil del Estado.

Un funcionario del INPEC, entrevistado por de Dardel durante su investigación, explica: “la Fuerza Pública entiende bien el trabajo en protocolos. Cuando se le habla a un militar de un protocolo que exige esto o esto, el tipo comprende inmediatamente de que se le está hablando. Dice ‘¿Qué protocolo? Muestre las instrucciones’, y ejecuta enseguida. Con un civil, un jurista, si usted le habla de protocolos, va a comenzar a ponerse quisquilloso sobre el respeto de la ley; la actitud laxista de los civiles.2

El Buró Federal de Prisiones americano también propuso la modificación del aspecto de los funcionarios del INPEC, que ahora utilizan uniformes camuflados como los militares.


  1. Julie de Dardel, Exporter la prison américaine. Le système carcéral colombien à l’ère du tournant punitif, 2016, p. 131 (en francés) 

  2. Ibid., p. 132.