Salvaguardias

Todos los reclusos ingresan a prisión con una orden de reclusión válida

La ley de Enjuiciamiento Criminal autoriza la detención incomunicada (artículos 509, 510, 520 bis y 527). Este régimen puede aplicarse a las personas sospechosas de pertenecer a un grupo armado, terrorista o rebelde. La detención incomunicada también puede aplicarse a los menores. Las personas detenidas pueden permanecer de cinco a diez días sin ponerse en contacto con su abogado, sin ser vistas por un médico y sin que se informe a su familia o consulado de su lugar de detención. Desde la reforma del régimen de detención incomunicada en 2015, el juez debe justificar las restricciones aplicadas1.


  1. Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, “Informe para el Gobierno español sobre la visita llevada a cabo en España del 27 de septiembre al 10 de octubre de 2016”, 2017, pp. 19-20. Este derecho está fuertemente restringido para las personas en detención incomunicada. 

Las personas pueden informar a un familiar sobre su detención

Este derecho está fuertemente restringido para las personas en detención incomunicada.

Existen módulos de ingreso en

todos los establecimientos

Todos los nuevos reclusos pasan un corto periodo (a veces una o dos horas) en un módulo de ingreso antes de ser asignados a una celda. El servicio sanitario hace un reconocimiento médico; un equipo técnico compuesto por diferentes profesionales (educador, asistente social, psicólogo) se reúne con la persona recién llegada para asignarle el lugar que considere más adecuado, según criterios de separación y clasificación. Para esto también se tiene en cuenta su personalidad y sus antecedentes penales.

Se pone a disposición de los reclusos un ejemplar del reglamento interno

no

Hasta 2010 se publicó un documento titulado “La prisión paso a paso”, cuya publicación se detuvo después de la crisis económica. Ahora los reclusos aprenden las reglas penitenciarias a través de sus compañeros de prisión o de sus abogados en los Servicios de Asistencia y Orientación Jurídica Penitenciaria (SOAJP).

Los criterios para la asignación de los reclusos, de acuerdo con el reglamento penitenciario, se basan en la separación completa según el sexo, la condición física y mental, la edad, los antecedentes penales y las condiciones de la pena. Los reclusos se asignan a las celdas tras una evaluación psicológica, que los guardias responsables de cada módulo deben tener en consideración. La asignación se basa principalmente en el número de plazas disponibles.

Los reclusos pueden ser asistidos por un abogado cuando lo necesitan

Las personas arrestadas por delitos de derecho común pueden ser asistidas por el abogado de su elección, o por un abogado de oficio, durante la custodia policial.
Este derecho está fuertemente restringido para las personas en detención incomunicada. Los ciudadanos españoles, los nacionales de otros Estados miembro de la Unión Europea y los extranjeros que se encuentren en España, que no disponen de recursos suficientes, tienen derecho a recibir asistencia jurídica gratuita (según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita).
La insuficiencia de recursos se calcula sobre la base de todos los ingresos del hogar, no solo los ingresos de la persona que acude a los tribunales. Los recursos que se tienen en cuenta son los recursos brutos. Los umbrales de ingresos en 2017 para solicitar asistencia jurídica gratuita son los siguientes:

  • una persona: el solicitante no puede superar los 1 065 euros brutos mensuales.
  • persona integrada en una unidad familiar de hasta tres miembros: los ingresos brutos mensuales de la unidad familiar no pueden superar los 1331 €.
  • persona integrada en una unidad familiar de cuatro o más miembros: la renta bruta mensual no puede superar los 1597 euros.

Los reclusos pueden acceder a servicios gratuitos de asesoramiento jurídico

En varias provincias, las facultades de derecho ofrecen asistencia jurídica a los reclusos a través de los SOAJP. Los asesores del SOAJP representan a los reclusos que desean apelar una decisión del juez de vigilancia penitenciaria.

La existencia de presos políticos o de conciencia es un tema controvertido, sobre todo desde el referéndum catalán de finales de 2017. Algunos líderes independentistas han sido encarcelados por rebelión, tras la declaración de independencia de la “República Catalana”1.

Un centenar de profesores de derecho penal se movilizó para impugnan la acusación de “rebelión”, señalando la ausencia de “alzamiento violento”.

Amnistía Internacional se pronunció en varias ocasiones sobre el tema y reiteró los derechos de libertad de expresión y de reunión pacífica. Según Amnistía, el encarcelamiento de líderes independentistas catalanes es una medida excesiva e injustificada.

Las personas pertenecientes a movimientos separatistas también son castigadas con penas de prisión, incluidos los miembros de ETA. Actualmente, 191 personas de este movimiento están en prisión por su pertenencia a una organización terrorista.


  1. La rebelión, según la ley española, se define como un “alzamiento violento y público”, en particular con el fin de proclamar la independencia. 

  • España cuenta con unos 45 000 defensores públicos. La Comunidad de Madrid cuenta con 5500 abogados de oficio.

Se lleva un registro de las muertes bajo custodia

La publicación del número de muertes bajo custodia se hace de manera regular: anualmente.

Número de muertes en reclusión

188

  • 147 personas en los establecimientos de la SGIP.
  • 41 personas en los establecimientos de la DGSP.
i

Evolución del número de muertes en reclusión

disminución de 7,4 %

203 reclusos fallecieron en 2016:

  • 156 personas en los establecimientos de la SGIP.
  • 47 personas en los establecimientos de la DGSP.
    La SGIP no incluye a las personas que fallecen fuera de la prisión (durante un permiso de salida, por ejemplo) en su número total de decesos1.

  1. Defensor del Pueblo, anexo 3.1 del “Informe anual 2017” relativo a la SGIP“, 2018 relativo a la SGIP. 

Número de muertes por suicidio

35

incluyendo 8 suicidios en Cataluña

i

Evolución del número de muertes por suicidio

aumento de 16,7%

En 2015, se registraron 30 muertes por suicidio: 23 en la administración penitenciaria española (veinte hombres y tres mujeres) y 7 en la administración catalana.

Tasa de mortalidad en reclusión (por 10 000 reclusos)

20,5

i
2017
/ SPACE

Tasa de suicidio en reclusión (por 10 000 reclusos)

5,9

i
2017
/ SPACE

Tasa de suicidio entre la población general (por 10 000 habitantes)

0,76

i
2016
/ Instituto Nacional de Estadística, Defunciones según la causa de muerte, 2016.

La administración penitenciaria debe notificar las muertes a una autoridad judicial

en los casos de muerte violenta

Se realizan autopsias y se abren las investigaciones pertinentes tras las muertes bajo custodia.
El Defensor del Pueblo informó sobre la muerte de un menor por el uso de medidas de contención en el centro de detención de menores de la Ciudad de Melilla pocos días antes de una visita: un menor que había sido inmovilizado perdió el conocimiento, por lo que tuvieron que trasladarlo al hospital. Durante el traslado tuvo un paro cardiorrespiratorio y falleció después de pasar varios días en coma.
El equipo del MNP solicitó inmediatamente visualizar las imágenes de las cámaras. Pese a la resistencia de la administración del establecimiento, lograron analizar 110 vídeos, en los que pudieron observar que seis personas aplicaron la medida de contención, haciendo uso de la fuerza.
Del mismo modo, se pudo constatar que al momento del ingreso al hospital, el menor no fue examinado por un médico forense y no se realizó ningún parte para comprobar si tenía lesiones provocadas por la contención. La autopsia, clínica, y no judicial, concluyó una “muerte natural”. El área de seguridad y justicia del Defensor del Pueblo está llevando a cabo una investigación sobre este fallecimiento1.


  1. Mecanismo Nacional de Prevención,“Informe Anual 2017 MNP“, pp. 228-230. 

No se ha informado sobre una comunicación tardía de la muerte de los reclusos. Sin embargo, los familiares se quejan de la falta de consideración que demuestran las autoridades en esos momentos. En ocasiones, los familiares de las personas fallecidas ponen en tela de juicio la versión de las autoridades, sobre todo, si otros reclusos han reportado incidentes con los guardias antes de que se cometa el suicidio.

Se han implementado políticas de prevención del suicidio

Desde 2005, se organizó un programa para formar a los reclusos en el acompañamiento de compañeros depresivos que podrían atentar contra su vida. Estas personas, capacitadas por psicólogos, se conocen como “ángeles de la guarda”.
El Defensor del Pueblo mencionó en su informe un caso de suicidio registrado en 2017. Un recluso que fue puesto en una celda de observación con vigilancia reforzada y un “ángel de la guarda”, se suicidó mientras su compañero dormía. El Defensor del Pueblo insistió sobre la responsabilidad de la administración penitenciaria de instaurar políticas de prevención del suicidio y no recomienda delegar tal responsabilidad a los reclusos1.
La SGIP es responsable de un programa de prevención del suicidio, implementado en 70 de sus establecimientos penitenciarios. Un total de 2456 reclusos participaron en este programa durante 20162. La DGSP no ha puesto en práctica un programa para la prevención del suicidio, pero planea implementar uno en sus establecimientos 3.


  1. Defensor del Pueblo, “Informe anual 2017”, 2018, p. 168. (en espagnol) “, p. 168. 

  2. Secretaría General de Instituciones Penitenciarias “Informe general 2016 SGIP”, 2017, p. 40. 

  3. Mecanismo Nacional de Prevención “Informe anual 2017 MNP”, 2018, p. 169. 

La prohibición de la tortura está consagrada en la Constitución o en la legislación

Artículo 15 de la Constitución: “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”. Este derecho se inscribió igualmente en el Código Penal y en la ley orgánica de 2008.
Los responsables de tratos crueles, inhumanos o degradantes pueden ser condenados a penas de prisión de entre seis meses y dos años (artículo 173 del Código Penal). Los actos de tortura se castigan con penas que van de uno a tres años de prisión, o de dos a seis años si hay circunstancias agravantes. Asimismo, el culpable de tortura será totalmente inhabilitado de su cargo por un periodo de ocho a doce años (artículo 174 del Código Penal).

La Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas ha sido

sí, en 1987

El último caso conocido de violencia sexual implica a dos supervisores condenados, en octubre de 2017, a un año y medio de prisión por haber hecho propuestas sexuales a las reclusas de la prisión de Brieva. Los hechos se remontan a 2013; las siete víctimas, de origen extranjero y sin familia en España, declararon haber sido forzadas a tener relaciones sexuales con estos supervisores. Las internas retiraron sus denuncias por temor a represalias. La dirección del establecimiento llevó a cabo una investigación. Sin embargo, los autores fueron condenados por propuestas sexuales y no por violación.

Se registran todas las denuncias o sospechas de malos tratos contra los reclusos

no

Las denuncias por malos tratos deben inscribirse en un sistema de registro ─inexistente en la mayoría de prisiones─. El Defensor del Pueblo señala la importancia de que todos los establecimientos lleven un registro, ya que se ha observado que los datos disponibles son imprecisos y divergentes, lo que impide conocer con precisión los casos de tortura y malos tratos.
La Coordinadora para la Prevención y la Denuncia de la Tortura publica anualmente un informe en el que denuncia los casos de malos tratos y tortura. Este se basa en la información proporcionada por las propias víctimas, sus familiares, abogados u organizaciones defensoras de los derechos humanos, así como en los fallos de los tribunales y artículos de prensa fiables.
La CPDT afirma que el número de casos de malos tratos contabilizados es parcial, debido a que la mayoría no se denuncia por temor a represalias y desconfianza en la justicia.
El Defensor del Pueblo y las delegaciones del CPT pueden hablar de manera confidencial con los reclusos durante sus visitas e identificar los casos de malos tratos. El contenido de las conversaciones no se divulga.
El Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos, un centro de investigación de la Universidad de Barcelona, lista los casos de malos tratos en prisión. El observatorio ha creado el sistema de registro y comunicación para la protección de víctimas de violencia institucional SIRECOVI, una herramienta que registra y comunica a las autoridades competentes sobre la situación.

La política de prevención de la tortura incluye la capacitación del personal en cuestiones de derechos humanos y las continuas visitas del Defensor del Pueblo y del CPT.
Asimismo, prevé, por recomendación de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, la instalación de cámaras de vigilancia en las celdas de inmovilización mecánica. Sin embargo, la SGIP decidió no regular la captura, grabación, almacenamiento y transmisión de imágenes de los sistemas de videovigilancia de los centros penitenciarios que gestiona.
El Defensor del Pueblo criticó la heterogeneidad de estos sistemas entre los diferentes establecimientos y la falta de transparencia que esto conlleva. Además, puso de relieve la ausencia de supervisión por parte del personal y la falta de garantías de los derechos de las personas privadas de libertad1.


  1. Defensor del Pueblo, “Informe anual 2017 y debates en las Cortes Generales”, 2018, pp. 180-181. 

En un estudio publicado en mayo de 2014, el Defensor del Pueblo propuso adaptar el Protocolo de Estambul a la realidad española. Hasta la fecha, el Estado no ha dado seguimiento a esta recomendación. El personal sanitario está bajo la autoridad del Ministerio del Interior.
La delegación del CPT criticó la indiferencia del personal de salud; uno de los miembros del equipo médico del Centro Penitenciario de Madrid V declaró que no tenía mucho sentido elaborar un informe sobre las lesiones encontradas, ya que los heridos se examinarían en un hospital antes de su ingreso al establecimiento. Las posibles lesiones de los nuevos internos se describen a menudo de manera superficial, y no se hace referencia a las circunstancias en las que podrían haberse producido.

Cada establecimiento mantiene un registro actualizado de los casos de violencia entre reclusos

En junio de 2017, se firmó con los sindicatos un protocolo para la recopilación óptima de datos. Este protocolo ha sido criticado por las organizaciones de derechos humanos y los médicos de prisiones, ya que algunos datos clínicos personales de los reclusos, como los trastornos mentales, serán accesibles a otras categorías de personal.

Se investigan los casos de violencia entre reclusos

La primera medida que se aplica en los casos de agresiones entre reclusos es el aislamiento de las personas implicadas. El servicio de inspección abre una investigación cuando se le informa sobre la situación. Las sanciones son disciplinarias o penales según la gravedad del caso. El servicio de inspección lleva a cabo la investigación si el funcionario denuncia haber sido objeto de actos de violencia.

  • El Defensor del Pueblo informó que, a finales de junio de 2017, un recluso falleció tras ser atacado con un arma blanca por uno de sus compañeros. La delegación indicó que el hecho tuvo lugar en una zona que no contaba con vigilancia directa del personal. Los procedimientos administrativos y judiciales están pendientes de resolución.

    i
    2018
    / Defensor del Pueblo, p. 173.

El aumento de las agresiones se debe, según el sindicato ACAIP, a la falta de personal, a su envejecimiento y a la falta de formación. Cada vez hay más personas detenidas por trastornos mentales, que necesitan mayor vigilancia por parte del personal.

Número de denuncias presentadas por los reclusos contra la administración penitenciaria

804

i

Todas las personas privadas de libertad tienen derecho a presentar solicitudes y quejas relativas al trato que se les inflige o a las condiciones de reclusión de la institución. El recluso puede dirigir sus solicitudes verbalmente o por escrito a las autoridades penitenciarias (al personal, al jefe de departamento, al director de la institución), a las autoridades judiciales, al Defensor del Pueblo y al fiscal (Ministerio Publico).

  • Los reclusos pueden presentar solicitudes o quejas. Las razones citadas con mayor frecuencia en 2015 fueron:

    • denegación de comunicaciones (115)
    • servicios considerados deficientes, pero no identificados (89)
    • infraestructura, higiene
    • condiciones de equipamiento

Las quejas pueden presentarse al personal penitenciario, quien se encarga de remitirlas al director del centro. Este último decidirá sobre las medidas que deben adoptarse. Las denuncias también pueden dirigirse directamente al MNP o al juez de vigilancia penitenciaria.Todos los centros penitenciarios disponen de un registro digital centralizado para inscribir las solicitudes y quejas.Los reclusos pueden presentar un recurso en caso de sanción disciplinaria abusiva. Los recursos se presentan al Director del centro penitenciario, quien los remite a la autoridad judicial, entregando una copia sellada al recluso.
Los casos de apelación se refieren a las sanciones disciplinarias, la clasificación inicial, las progresiones y regresiones de grado, as. como a cualquier resolución que afecte a los derechos fundamentales de los reclusos o los beneficios penitenciarios que le corresponden. En la prisión de León, algunos reclusos informaron a una delegación de la CPT sobre las amenazas de represalias por parte de los guardias de la prisión en caso de denuncia de malos tratos.

El Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) ha sido

sì, en 2006

Se ha creado un MNP

sí, en 2009

Nombre del MNP

Defensor del Pueblo

La comunidad autónoma de Cataluña tiene su propio MNP, denominado Sindic de Greuges.

El MNP ya ha iniciado sus funciones

sí, en 2009

El primer Defensor del Pueblo fue elegido en diciembre de 1982. Tras la ratificación del Protocolo Facultativo, el Parlamento asignó las funciones del MNP al Defensor del Pueblo en noviembre de 2009.

El MNP es designado por

el Parlamento

El Congreso de deputados y el Senado designa el MNP. Es elegido por una mayoría de tres quintos. .

Estructura del MNP

órgano colegiado de tres miembros

La PNM cuenta con la asistencia de dos delegados.

Duración del mandato del MNP

5 años, renovable, revocable

Es un mandato renovable Su mandato es de cuatro años y puede ser revocado si:

  • actuó con negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones;
  • ha sido condenado, en juicio final, por un delito intencional.

El MNP ejerce sus funciones con independencia, imparcialidad, autonomía y a su discreción; realiza visitas periódicas a los centros de detención y puede hacer recomendaciones a las autoridades públicas.

Se hacen públicos los informes del MNP

Las conclusiones de las visitas del MNP se exponen en el informe anual presentado a las Cortes Generales y al Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura en Ginebra.

Número de visitas del MNP a los establecimientos penitenciarios durante el año

17

i
2017

La legislación permite al MNP realizar visitas no anunciadas

En teoría, el MNP puede hacer visitas sin previo aviso. Sin embargo, en la mayoría de los casos, debe anunciar su llegada.

Cualquier ciudadano, español o extranjero, puede dirigirse gratuitamente al Defensor del Pueblo a través de su página web, por correo, fax o personalmente. El MNP también puede intervenir de oficio en casos en los que no se haya presentado ninguna queja. No se respeta totalmente la confidencialidad de las comunicaciones entre los miembros del MNP y los reclusos.

El MNP puede monitorear todos los establecimientos, módulos o locales

En sus informes anuales, el Defensor del Pueblo revela el estado de aplicación de sus recomendaciones. El MNP elabora un marco de los principales elementos evaluados en cada centro penitenciario. Dicho marco sigue los criterios evaluados el año anterior e indica su progreso; este presenta cuatro tipos de puntuación: suficientemente lograda; parcialmente lograda; no lograda adecuadamente; no evaluada.

El CPT considera que la función principal de los jueces de supervisión penitenciaria es validar las decisiones de la administración penitenciaria. No ejercen el papel de controlar la proporcionalidad y la adecuación de las medidas de manera satisfactoria. Los reclusos expresaron a la delegación del CPT su desconfianza hacia esta autoridad supervisora[^46].

[^46]:Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, “Informe sobre la visita a España del 27 de septiembre al 10 de octubre de 2016”, p. 54.

Existe un organismo regional que controla los lugares de privación de libertad

El Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) del Consejo de Europa realiza visitas cada dos años.

Se hacen públicos sus informes

El último informe, sobre una visita realizada en 2016 por la Comisión contra la Tortura del Consejo de Europa, se publicó en 2017. Todos los informes están disponibles aquí. (https://www.coe.int/fr/web/cpt/spain).

El Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) ha visitado el país

sí, del 15 al 26 octubre de 2017

Se hizo público su informe

El Parlamento español también dispone de un mecanismo de control de las cárceles.

  • Durante 2016, los parlamentarios participaron 241 veces en la auditoría. Esto se hace en forma de preguntas escritas, peticiones, informes, mociones, etc.

    i
    2017
    / Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, p.364

La legislación prevé la sustitución de penas

El juez de vigilancia penitenciaria decide sobre los ajustes de la pena (art.culo 90 del C.digo Penal).

La pena se puede sustituir desde el momento en que se impone

Una sentencia se puede ajustar tan pronto como se pronuncia gracias a la sustitución de la pena privativa de libertad.

Los artículos 88 y 89 del Código Penal disponen que los jueces puedan sustituir las penas de prisión inferiores a dos años por una multa o por trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que sea el primer delito cometido.

El trabajo en beneficio de la comunidad está regulado y no puede ser impuesto. Este trabajo no es remunerado, su duración diaria no puede exceder de ocho horas y requiere el consentimiento de la persona interesada. La pena de prisión puede ser sustituida por medidas de seguridad, como la prohibición de viajar a determinados lugares, el internamiento en un centro psiquiátrico, etc.

Los extranjeros pueden optar por ser deportados en lugar de cumplir la pena impuesta. Según lo dispuesto en el artículo 90 del Código Penal, el Juez de Vigilancia puede decidir suspender la ejecución del resto de la pena y conceder la libertad condicional a los penados que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar clasificado en tercer grado; haber cumplido tres cuartas partes de la sentencia; y haber demostrado buena conducta.

  • Haber cumplido dos tercios de la condena; haber mantenido el empleo o participado en actividades o capacitación cultural; y haber demostrado buena conducta.

También se puede otorgar la suspensión de la pena a:

-Los reclusos que estén cumpliendo su primera condena ─inferior a tres años─, los que han cumplido la mitad de su condena y han demostrado buena conducta.

  • Los reclusos de tercer grado, mayores de 70 años, que cumplan con los anteriores requisitos, excepto el de haber extinguido una parte de su pena.

  • Los reclusos de tercer grado con una enfermedad grave.

La pena se puede sustituir durante su ejecución

Según lo dispuesto en el artículo 90 del Código Penal, el Juez de Vigilancia puede decidir suspender la ejecución del resto de la pena y conceder la libertad condicional a los penados que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar clasificado en tercer grado; haber cumplido tres cuartas partes de la sentencia; y haber demostrado buena conducta.
  • Haber cumplido dos tercios de la condena; haber mantenido el empleo o participado en actividades o capacitación cultural; y haber demostrado buena conducta. También se puede otorgar la suspensión de la pena a:
  • Los reclusos que estén cumpliendo su primera condena ─inferior a tres años─, los que han cumplido la mitad de su condena y han demostrado buena conducta.
  • Los reclusos de tercer grado, mayores de 70 años, que cumplan con los anteriores requisitos, excepto el de haber extinguido una parte de su pena.
  • Los reclusos de tercer grado con una enfermedad grave.

La legislación prevé los permisos de salida

Existen tres tipos de permisos de salida: regulares, extraordinarios y de fin de semana.

1. Permiso de salida ordinario:
Para obtener un permiso de salida ordinario, la persona debe haber cumplido una cuarta parte de la sentencia total, estar clasificado en segundo o tercer grado y demostrar buena conducta. Los reclusos en detención preventiva no pueden gozar de un permiso de este tipo. El cumplimiento de estos requisitos no garantiza que el permiso sea concedido automáticamente por los tribunales.
La duración de los permisos de salida ordinarios es de 36 días al año para los presos de segundo grado, divididos en dos semestres, con un máximo de siete días consecutivos. La duración es de 48 días por año para los reclusos de tercer grado, sujeto a las mismas condiciones.

2. Permiso extraordinario de salida:
Se pueden conceder permisos extraordinarios de salida a los presos en prisión preventiva y en primer grado. Estos permisos se conceden por razones específicas: muerte o enfermedad de un miembro de la familia o nacimiento de un hijo, por ejemplo. La vigilancia durante estos permisos es más estricta. En general, el recluso permanece esposado. La duración del permiso extraordinario corresponde al tiempo necesario para cumplir con el objetivo de la salida.

3. Permiso de salidas de fin de semana: Para que se le conceda un permiso de salida de fin de semana, el recluso debe estar clasificado en tercer grado.
Generalmente las salidas de fin de semana se hacen desde las 16:00 del viernes hasta las 8:00 del lunes.

La legislación prevé la sustitución de penas por razones médicas

El artículo 91 del Código Penal prevé la suspensión de la ejecución de la pena para los reclusos que padecen una enfermedad grave e incurable. Un informe médico y el acuerdo del juez son obligatorios.

En España existe una ley llamada “Ley del Perdón”. Se basa en el objetivo de reintegrar a la persona condenada y exige que la persona interesada justifique por qué debe ser reclasificada en un grado menor. Este tipo de gracia consiste en liberar a una persona antes de que haya cumplido la totalidad de su sentencia.
El perdón es concedido por el Rey, a propuesta del Ministerio de Justicia. Este poder está consagrado en la Constitución. Se pueden conceder indultos a los presos de cualquier tipo de delito. El delito permanece en el registro de antecedentes penales de la persona.Los reincidentes no pueden beneficiarse de este régimen.
La amnistía no existe desde 1978. La última ley de amnistía es la de 1977, en la cual los beneficiarios fueron los presos políticos durante la transición democrática.

  • Una madre española divorciada fue sentenciada en julio de 2018 a cinco años de prisión por escaparse y esconderse con sus dos hijos, luego de que un tribunal ordenara dárselos a su padre italiano, quien ella acusaba de violencia. Varias asociaciones de mujeres presentaron 258 000 firmas al Ministerio de Justicia para solicitar el indulto para Juana Rivas, y “poner fin a esta injusticia”.