Contribuidor(es)Observatorio Internacional de Prisiones – Argentina

Relaciones con el exterior

Se pueden realizar visitas semanalmente, siempre y cuando el nombre del visitante figure en una lista previa. Las requisas que atentan contra la dignidad de los visitantes son cada vez menos comunes gracias a las constates denuncias de asociaciones. Los traslados abusivos, lejos del domicilio familiar, dificultan las visitas y deterioran los vínculos afectivos.

Las visitas conyugales dependen de la capacidad de cada penal, que es generalmente escasa a causa de la sobrepoblación. Los internos improvisan a menudo una carpa en el patio o en los locutorios.
Se pueden realizar visitas íntimas interpenales si ambos miembros de una pareja están recluidos. La ley sobre las visitas conyugales establece que: se debe probar un vínculo sentimental (matrimonio, concubinato u otro) de mínimo seis meses. Estas visitas son quincenales y duran dos horas. Si la persona detenida está a más de 300 km del visitante, pueden durar cinco días consecutivos, tres horas diarias y realizarse una vez al mes. En las habitaciones hay una cama, un baño y un calefactor pero no sábanas o productos de higiene.
A veces el servicio penitenciario provee preservativos.

Se tiene acceso al teléfono y a la correspondencia pero toda comunicación puede ser controlada por el servicio penitenciario. Solo se da privacidad durante la entrevista con el abogado y en el locutorio para profesionales.

Un proyecto de reforma del Código Penal fue impulsado en el 2014. En él se planeaba introducir penas alternativas, como el arresto domiciliario, la reclusión durante el fin de semana, los trabajos comunitarios, las multas compensatorias, el cumplimiento de instrucciones judiciales, etc.
El gobierno que tomó el poder en 2016 decidió aplazar la promulgación de la reforma para debatirla y modificar ciertos puntos.

La entidad encargada de la defensa pública varía en cada provincia. A nivel federal, el Ministerio Público de la Defensa de Argentina se encarga de la defensa de las personas detenidas. El Servicio Público Provincial de Defensa Penal corresponde a la provincia de Santa Fe. En la provincia de Córdoba intervienen los Asesores Letrados. Se constatan grandes diferencias en la calidad de la defensa pública entre provincias; San Juan es la que cuenta con menos defensores públicos.

El Colegio Público de Abogados de Buenos Aires ofrece asistencia jurídica en materia penal, a condición de tener un ingreso inferior a 2 300 USD netos por mes. La Dirección de Asistencia Jurídica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores brinda asistencia a los extranjeros.

El recurso de habeas corpus, individual o colectivo, ha demostrado ser eficaz en situaciones de violación grave de derechos humanos. Este puede ser impulsado por la Procuración Penitenciaria Nacional (PPN) o por una asociación civil. El 28 de diciembre de 2015 se interpuso un Habeas Corpus Correctivo Colectivo porque 61 reclusos del Pabellón 1 de la unidad penal N°37 de Baker, en la provincia de Buenos Aires, sufrían de hacinamiento, corrupción, enfermedades, hambre, malos tratos y tortura. Varios internos fueron castigados con aislamiento o trasladados.

La Ley N°26.827 que instrumenta el mecanismo de prevención contra la tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes aún no se ha ejecutado.

La Defensoría del Pueblo de la Nación tiene un defensor interino desde hace tres años. Debido a divergencias políticas, la Comisión Bicameral del Congreso de Nación no se ha reunido para nombrar uno oficial.

La PPN tiene el mismo titular desde hace 16 años y tiene mandato en el Sistema Penal Federal (SPF) principalmente.