Venezuela
Capital — Caracas
Población del país
i31/05/2015Tasa de encarcelamiento (por 100 000 ha…
Tipo de Gobierno
Índice de desarrollo humano
i2016/ PNUDNombre del ministerio responsable de la…
Número de reclusos
i2015/ Observatorio Venezolano de Prisiones / ICPRTasa de ocupación
i2015/ Observatorio Venezolano de Prisiones / ICPRNúmero total de establecimientos
i2015Se ha creado un MNP
Reclusas
i2015/ Observatorio Venezolano de Prisiones / ICPRMenores reclusos
iDefensoría del Pueblo (Ombudsman) / ICPRPorcentaje de personas en prisión preve…
Se ha abolido la pena de muerte
Sídesde 1863
Relaciones con el exterior
En las cárceles bajo control de un autogobierno, los visitantes –incluso menores de edad– pueden pernoctar en el penal y generalmente no hay restricciones en los horarios o la duración de las visitas. Los visitantes duermen en “buguis”, espacios cerrados improvisados con cartón, que no están conformes con las medidas de seguridad (Cf. Muertes en reclusión).
El Nuevo Régimen Penitenciario, en cambio, reduce la frecuencia de las visitas a una por mes. A los reclusos no se permite recibir visitas de otros hombres o de niños. Las visitas conyugales también se realizan una vez al mes, durante quince minutos y los reclusos no cuentan con privacidad o higiene. Las mujeres no tienen derecho a visitas conyugales.
Los calabozos no cuentan con la infraestructura o medidas de seguridad adecuadas para recibir las visitas. No existe una política uniforme en cuanto a los horarios, la frecuencia o la duración, ya que la regulación de visitas no forma parte de los deberes de la policía. Esto corresponde a los centros penitenciarios.
En la mayoría de establecimientos, cárceles o comisarías, los visitantes son sometidos a registros corporales crueles y degradantes. Las mujeres, que generalmente vienen a visitar a sus esposos, hijos o hermanos, son las principales víctimas.
Durante su visita al Centro Penitenciario de Oriente “El Dorado”, una integrante del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) fue obligada –al igual que el resto de las mujeres– a desnudarse por completo, agacharse frente a un espejo y pujar, mientras una funcionaria del Ministerio del Servicio Penitenciario (MPPSP) le alumbraba las partes íntimas con una linterna. Cuando la integrante del OVP expresó su rechazo de pasar por ese proceso tan vejatorio, los funcionarios (tanto del Ministerio como de la Guardia Nacional) le advirtieron que de no hacerlo, quedaría detenida.
Los teléfonos celulares son utilizados para realizar extorsiones a ciudadanos desde los centros penitenciarios bajo control de autogobiernos. Generalmente, se llama a una persona de manera aleatoria y se le pide que deposite una suma de dinero para no ser secuestrada.
La causa principal de los elevados índices de ocupación en las cárceles venezolanas es el retraso procesal. Oficialmente, el 63 % de la población carcelaria se encuentra en prisión preventiva. Sin embargo, esta cifra no toma en cuenta a las 33 000 personas que se encuentran detenidas en comisarías. El OVP señala casos en los en los que procesados pasan más de tres años privados de libertad, sin haber recibido una condena por parte del Sistema Judicial Penal venezolano.
Esta situación se debe, en gran parte, a la falta de coordinación entre los órganos de administración de justicia y el Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (MPPSP). El OVP afirma que muchos internos no son trasladados a sus audiencias cuando les corresponde, debido a la falta de transporte o a la negación de los funcionarios de la Guardia Nacional.
El MPPSP implementa, desde enero del 2012, el plan “Cayapa” que busca luchar contra el retraso procesal mediante la instalación de tribunales itinerantes dentro de las prisiones. No obstante, se han constatado irregularidades en la ejecución del plan. Los reclusos deben renunciar a la defensa de un abogado de confianza y solicitar la defensa pública para que el tribunal ad hoc analice su expediente. Catorce mil personas fueron liberadas hasta el 2014. Sin embargo, nunca se publicó una lista de estas personas ni de los delitos que cometieron, a pesar de que al inicio del plan, la Ministra indicó que se publicarían sus nombres y números de cédula, para no alarmar a la población.
La Defensoría del Pueblo es el organismo del Estado encargado de defender los derechos humanos. El Comité contra la Tortura (CAT) de la ONU, durante el Examen Periódico Universal de Venezuela de 2014, mostró su inquietud “por el hecho de que la Defensoría parece carecer del grado de independencia necesario para ser la institución nacional responsable de investigar las denuncias de tortura y malos tratos.”.
Venezuela firmó el Protocolo adicional a la Convención de la Tortura (OPCAT) el 1 de Julio del 2011 pero no lo ha ratificado aún.
Sin embargo, la Ley contra la Tortura, promulgada en el 2013, instauró la Comisión Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes. El CAT cuestionó la independencia de este organismo durante el examen periódico universal del 2014, puesto que seis de los trece integrantes del equipo estaban vinculados con el Ejecutivo.