En caso de arresto

En principio, la custodia tiene una duración de 24 horas, pero puede prorrogarse por 24 horas más, por autorización del Fiscal General.

La situación judicial del interesado (preventivo o penado) determina, en la mayoría de los casos, la institución a la que será asignado.

La detención administrativa no podrá exceder los 45 días a la espera de la deportación.