Prison Life Index

Las evaluaciones miden las violaciones de los derechos de las personas privadas de libertad por parte del Estado. Estas se basan en un exhaustivo trabajo de investigación documental y en la apreciación de especialistas. Por favor, consulte la metodología para conocer cómo se colecta, clasifica y calcula el Prison Life Index.

Los datos y las cifras relativos al Líbano se recolectaron en marzo de 2023, y entre mayo y agosto de 2024. Las evaluaciones que figuran a continuación no tienen en cuenta las consecuencias de los acontecimientos que se han producido en el país desde octubre de 2024. Los bombardeos han provocado el desplazamiento de muchas personas privadas de libertad.

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Ninguna conformidad con las normas internacionales
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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad tienen acceso al agua potable

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad tienen acceso a la alimentación

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Infracciones regulares

La crisis socioeconómica sin precedentes que atraviesa el país ha deteriorado en gran medida las condiciones de vida de las personas privadas de libertad.

El agua que suministra la administración penitenciaria no es potable, y la cantidad y calidad de los alimentos es deficiente. En 2021, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) declaró que la comida en la prisión de Roumieh (Beirut) era “incomible” e insuficiente.

Seis de las empresas encargadas del suministro de alimentos en varias prisiones del país advirtieron a las Fuerzas de Seguridad Interna (Forces de sécurité intérieure), responsables de la gestión de los establecimientos penitenciarios, que, a partir del 31 de diciembre de 2023, dejarían de abastecer de alimentos a las prisiones, ya que desde 2020 no se cumplía con los pagos. El ultimátum, que concernía las prisiones de Roumieh, Zahle, Tripoli y la prisión de mujeres de Baabda, se lanzó de nuevo en enero de 2024.

La mayoría de las personas privadas de libertad carecen de los recursos suficientes para comprar alimentos en el economato y dependen de lo que le lleven sus seres queridos. En la prisión de Roumieh, sin embargo, se prohíbe a las visitas ingresar alimentos.

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad cuentan con un espacio personal suficiente

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad pueden dormir en buenas condiciones

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las instalaciones están en buen estado, son salubres y adecuadas para todas las personas privadas de libertad

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las prisiones libanesas observan un alto índice de sobrepoblación. En 2023, según las Fuerzas de Seguridad Interna, la población carcelaria se elevaba a 8.502 personas para una capacidad total de 4.760 plazas. En ese momento, la prisión de Roumieh ─la más grande del país─, que tiene una capacidad para 1.000 personas, alojaba a unas 4.000.

La legislación nacional no define una superficie mínima por persona. La población carcelaria no cuenta con un espacio vital suficiente y, en muchos establecimientos, las personas deben incluso turnarse para dormir. En 2022, el medio de comunicación Medfeminiswiya informó que, en las cuatro prisiones femeninas del país, las mujeres vivían hacinadas en minúsculas celdas que no disponían de sistemas de calefacción o enfriamiento.

En las prisiones de Roumieh (Beirut) y Qobbeh (Tripoli), algunas celdas alojan hasta diez personas; otras, que son como grandes dormitorios, alojan a más de 100.

El Reglamento Penitenciario no exige la presencia de camas en las celdas de los establecimientos. A las personas privadas de libertad se les provee de un colchón de espuma o algodón o de una estera (artículo 86 del Decreto N.° 14310 y artículo 59 del Decreto N.° 6236). Una de las personas expertas consultadas informó que las organizaciones de la sociedad civil son las que suministran los colchones.

El estado de las instalaciones es deplorable. En 2022, la asociación Arci Culture Solidali (ARCS) señaló “los altos niveles de humedad, la falta de sistemas de calefacción o enfriamiento, la escasez de luz natural, y las malas condiciones de higiene” de las prisiones de Roumieh y Qobbeh.

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las instalaciones sanitarias son adecuadas y permiten a las personas privadas de libertad mantener su higiene personal

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad tienen acceso a artículos de higiene personal

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad reciben ropa

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las instalaciones sanitarias son sucias y, por lo general, no cuentan con agua caliente. Además, su cantidad es insuficiente con respecto al número de personas privadas de libertad. En 2022, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) informó que en la prisión de Roumieh, el agua utilizada para lavarse no se filtraba y se encontraron gusanos en los tanques.

La administración penitenciaria debe proveer a cada persona privada de libertad de veinte gramos de jabón diarios (artículo 111 del Decreto N.° 14310). En la práctica, no se distribuye ningún producto de higiene personal o ropa. En 2022, las mujeres privadas de libertad no disponían de artículos esenciales como tendederos, comida, toallas higiénicas y utensilios de limpieza. Las personas dependen de lo que le lleven sus seres queridos o de las donaciones de las organizaciones de la sociedad civil.

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Datos incompletos
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Datos incompletos
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Datos incompletos

Las personas privadas de libertad se benefician de programas de divulgación y sensibilización en materia de salud

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Datos incompletos

Se llevan a cabo programas de cribado para detectar las enfermedades contagiosas

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Datos incompletos

Se dispone de material e infraestructuras que limiten el riesgo de transmisión de enfermedades e infecciones

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Datos incompletos

Se organizan campañas de vacunación

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Datos incompletos
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Datos incompletos
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Datos incompletos

El acceso a la atención médica general es rápido y regular

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Datos incompletos

El personal de salud es profesional e independiente

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Datos incompletos

Las personas privadas de libertad tienen acceso a infraestructuras sanitarias adecuadas

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Datos incompletos
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“Los servicios de salud especializados” hacen referencia a la atención psicológica, psiquiátrica y dental, que menciona la Regla 25 de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos.
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Datos incompletos

El acceso a la atención en salud mental y dental es rápido y regular

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Datos incompletos

El personal de salud mental y dental es profesional e independiente

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Datos incompletos

Las personas privadas de libertad tienen acceso a instalaciones de salud mental y dental adecuadas

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Datos incompletos
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Datos incompletos

Las personas que realizan una transición de género reciben atención adecuada

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Datos incompletos

Las personas de edad avanzada reciben atención médica adecuada

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Datos incompletos

Los menores reciben atención médica adecuada

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Datos incompletos

Las mujeres reciben atención médica adecuada

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Datos incompletos

Las personas con enfermedades infecciosas reciben atención médica adecuada

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Datos incompletos

Las personas con adicciones reciben atención médica adecuada

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Datos incompletos

Las personas con trastornos mentales o enfermedades psiquiátricas reciben atención médica adecuada

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Datos incompletos

Las personas con discapacidad física reciben atención médica adecuada

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Datos incompletos
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Datos incompletos

Se garantiza la continuidad de los tratamientos iniciados antes del ingreso en prisión

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Datos incompletos

El ingreso en prisión, se abre un historial médico accesible al paciente

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Datos incompletos
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Datos incompletos
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Infracciones regulares y graves

Las personas privadas de libertad reciben asistencia jurídica

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Infracciones regulares y graves

Las personas privadas de libertad pueden informar a una tercera persona de su encarcelamiento, traslado, enfermedad o lesión grave

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Infracciones regulares y graves

Se abre un expediente confidencial, completo y actualizado para cada persona privada de libertad

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Infracciones frecuentes

Las personas privadas de libertad tienen acceso al reglamento interno del centro penitenciario en el que se encuentran

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad tienen derecho a elegir a su representante legal. El Estado puede, sin embargo, proporcionar asistencia jurídica a aquellas que no tienen los medios para costear su defensa (artículo 78 del Código de Procedimiento Penal enmendado). En la práctica, dicha asistencia es deficiente. Las personas privadas de libertad rara vez buscan asesoramiento jurídico debido a su coste prohibitivo y a su desconfianza en el sistema judicial. En 2022, algunos Colegios de Abogados y organizaciones de la sociedad civil eran los únicos que proporcionaban asistencia jurídica gratuita en las prisiones de Roumieh (Beirut), Barbar el Khazen (Beirut) y Qobbeh (Tripoli).

La administración penitenciaria registra la información de cada persona que ingresa en prisión en un sistema informatizado llamado “Bassem”. Una fuente señaló la falta de confidencialidad de los archivos.

No se comunican sus derechos a las personas privadas de libertad ni se les brinda acceso al reglamento interno del centro penitenciario en el que se encuentran.

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Infracciones regulares y graves
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Infracciones frecuentes y graves

El sistema disciplinario que prevé la normativa pública es proporcionado y adecuado

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Infracciones regulares y graves
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Metodología de evaluación alternativa debido a dificultades de acceso a los datos

Las personas privadas de libertad de distintas categorías se alojan en establecimientos y módulos separados

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Infracciones frecuentes y graves

Las condiciones de trabajo del personal penitenciario favorecen la seguridad de las personas privadas de libertad

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Infracciones ocasionales y graves
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Infracciones regulares y graves

Se protege la integridad física de las personas privadas de libertad

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Infracciones frecuentes y graves

La disciplina se aplica de manera proporcionada

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Infracciones regulares y graves
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Metodología de evaluación alternativa debido a dificultades de acceso a los datos

Las personas privadas de libertad no se someten a tratos crueles, inhumanos o degradantes

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Infracciones regulares y graves
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Metodología de evaluación alternativa debido a dificultades de acceso a los datos

El artículo 102 del Decreto n° 14310 detalla la lista de infracciones disciplinarias. Las personas especialistas consultadas declaran que esta lista es incompleta. No existe ninguna directriz específica que regule los registros corporales.

Los hombres y las mujeres se alojan en establecimientos separados. Las personas menores se separan de las adultas, pero algunas fuentes señalan que, en la prisión de Roumieh, estas dos poblaciones se juntan en las áreas comunes. Las personas en prisión preventiva se alojan en las mismas celdas que las penadas. Esto se debe sobre todo a los altos índices de sobrepoblación que se observan en las prisiones más grandes, como Roumieh. En agosto de 2023, las personas en espera de juicio representaban el 87 % de la población carcelaria.

El personal penitenciario, constituido por miembros de las Fuerzas de Seguridad Interna, el cuerpo nacional de Policía, no recibe ninguna formación específica para trabajar en las prisiones. Su salario, de por sí muy bajo, ha experimentado una considerable devaluación desde 2019, y, a menudo, se paga con retraso.

Las direcciones de los establecimientos designan a algunas personas privadas de libertad como jefes de celda para que se encarguen de la disciplina cotidiana.

Las personas privadas de libertad que gozan de una buena situación financiera delegan las tareas de limpieza a las más pobres, quienes aceptan a cambio de comida o protección.

Las personas expertas consultadas declararon que el número de casos de violencia entre reclusos y por parte del personal es muy alto. En 2022, once organizaciones de la sociedad civil enviaron una carta al Subcomité para la Prevención de la Tortura de las Naciones Unidas (SPT) para denunciar *“las constantes muertes en custodia a causa de la tortura, los malos tratos y la privación de alimentos y de atención sanitaria. Las personas de la comunidad LGBTQI+ son más vulnerables a la tortura y los abusos. Las mujeres extranjeras privadas de libertad son objeto de discriminación y mayor aislamiento, y sus condiciones de vida son aún más difíciles que las de las demás mujeres.

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Datos incompletos
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Datos incompletos

La administración penitenciaria central lleva a cabo periódicamente inspecciones internas o administrativas de manera periódica

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Datos incompletos

Existen organismos independientes que realizan inspecciones externas regulares

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Ninguna conformidad con las normas internacionales
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Metodología de evaluación alternativa debido a dificultades de acceso a los datos
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Ninguna conformidad con las normas internacionales

En caso de infracción en contra de los derechos de una persona privada de libertad, la respuesta de la institución es efectiva

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Infracciones regulares
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Metodología de evaluación alternativa debido a dificultades de acceso a los datos

Las personas privadas de libertad, su defensa o sus familiares pueden presentar una denuncia

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Ninguna conformidad con las normas internacionales
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Metodología de evaluación alternativa debido a dificultades de acceso a los datos

El Líbano ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura en 2008. El Mecanismo Nacional de Prevención vigente es la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Sin embargo, al día de hoy, este organismo no cuenta con financiación específica y no parece ser operacional. El Departamento de Prisiones del Ministerio de Justicia lleva a cabo visitas de supervisión internas.

En su informe de 2021-2022, el Centro Libanés de Derechos Humanos (CLDH) concluyó que muy pocos organismos realizan visitas de supervisión en las prisiones a pesar de que esto forma parte de las actividades y obligaciones legales de muchas entidades estatales, entre ellas, el Ministerio del Interior, los ayuntamientos, los juzgados, el MNP, etc.

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Ninguna conformidad con las normas internacionales
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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Todas las personas privadas de libertad pueden acceder a un trabajo

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad que trabajan reciben una remuneración justa y pueden disponer libremente de al menos una parte de ella

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad gozan de condiciones de trabajo adecuadas

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad tienen acceso a una oferta laboral variada, así como a puestos que les permitan adquirir competencias y que no conlleven ningún riesgo o penosidad superior a los del resto de la población

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Algunas penas incluyen el trabajo obligatorio (trabajo forzado), que puede imponerse por un periodo determinado o de por vida. El trabajo forzado se adapta al género y a la edad de la persona (artículo 37 y 45 del Código Penal). Esta sanción penal no se aplica en la actualidad sobre todo debido a la falta de recursos materiales y humanos. El acceso al trabajo en prisión es limitado.

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Infracciones regulares

Las personas privadas de libertad tienen acceso a formaciones profesionales

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Infracciones regulares

Las personas privadas de libertad tienen acceso a la educación

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Infracciones frecuentes y graves

El Reglamento Penitenciario autoriza al personal docente del Ministerio de Educación a visitar las prisiones (artículo 67 del Decreto N.°14310) para impartir enseñanza. En la práctica, su presencia en los establecimientos es muy limitada.

En su informe de 2022, la asociación Arci Culture Solidali (ARCS) señaló que casi ninguna prisión dispone de los fondos, el material y el personal educativo necesario para llevar a cabo los programas de enseñanza y de formación profesional.

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad pasan al menos una hora diaria al aire libre

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Infracciones frecuentes y graves
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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad pueden acceder a una biblioteca

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Infracciones ocasionales

Las personas privadas de libertad pueden participar en actividades recreativas y culturales

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Ninguna conformidad con las normas internacionales
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Ninguna conformidad con las normas internacionales
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Infracciones ocasionales y graves

Las personas privadas de libertad tienen derecho a pasar tres horas diarias al aire libre (artículo 50 el Decreto N.° 14310). En la práctica, este tiempo varía de manera significativa en todo el país. En las prisiones más grandes, como Qobbeh y Roumieh, “las personas privadas de libertad rara vez tienen acceso a la luz natural y al aire fresco”. El tamaño de los patios o las áreas exteriores es muy reducido con respecto a la cantidad de personas recluidas en los establecimientos, y algunas prisiones ni siquiera cuentan con espacios abiertos.

Las personas privadas de libertad tienen acceso a la biblioteca en algunas prisiones. La administración penitenciaria debe proporcionar libros y revistas a las personas reclusas. No obstante, en la práctica, son las organizaciones de la sociedad civil las que se encargan de equipar las bibliotecas de los establecimientos.

La administración penitenciaria no propone ninguna actividad deportiva o recreativa. Las organizaciones de la sociedad civil se ocupan de organizar y dirigir algunas actividades, como cursos de idiomas, de informática, deportes (yoga, caminatas, gimnasia) y formaciones profesionales. La frecuencia, el tipo de actividades, y el acceso a ellas, varía de una prisión a otra, e incluso dentro de la misma prisión. Algunas mujeres y personas menores participan en las actividades que organizan las asociaciones. Los establecimientos penitenciarios casi nunca disponen de infraestructuras deportivas.

Las personas privadas de libertad tienen derecho a practicar su espiritualidad (artículo 56 del Decreto N.° 14310. En la mayoría de los establecimientos penitenciarios, las personas solo pueden orar en sus celdas.

Se autoriza a lo-as representantes de las principales religiones del país a prestar servicios religiosos en los establecimientos penitenciarios.

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Ver categoría 'Recibir protección' para la comunicación con la defensa y los organismos de control independientes.
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Ninguna conformidad con las normas internacionales
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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad pueden comunicar por correspondencia escrita con sus seres queridos

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad pueden comunicar por teléfono con sus seres queridos

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Datos incompletos

Las personas privadas de libertad pueden recibir visitas de sus seres queridos

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Infracciones frecuentes y graves

Las personas privadas de libertad pueden obtener permisos de salida para visitar a sus seres queridos

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Existen disposiciones para garantizar el interés superior de los niños de las personas privadas de libertad

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Ninguna conformidad con las normas internacionales
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Metodología de evaluación alternativa debido a dificultades de acceso a los datos

Las personas privadas de libertad pueden enviar dos cartas a la semana, que deben ser “claras y concisas” (artículo 63 del Decreto N.° 14310). La administración penitenciaria no provee el material necesario para que las personas puedan escribir y enviar correspondencia. En la práctica, el servicio postal nacional es ineficaz tanto dentro como fuera de prisión.

Las personas privadas de libertad tienen derecho a recibir visitas en los horarios que determina la dirección de cada establecimiento (artículo 69 del Decreto N.° 14310). Lo-as visitantes deben obtener una autorización previa (artículo 68 del Decreto N.° 14310 y las visitas duran un máximo de 15 minutos. Por lo general, los locutorios no permiten garantizar la privacidad de las conversaciones, pues las personas privadas de libertad y sus seres queridos tienen que comunicar a través de un panel de cristal y usar un teléfono, que a menudo no funciona.

Las personas privadas de libertad no tienen derecho a beneficiar de permisos temporales de salida para visitar a sus seres queridos.

Las madres privadas de libertad pueden permanecer con sus hijo-as en prisión. La legislación no define un límite de edad. La administración penitenciaria no provee a las madres de los productos necesarios para atender las necesidades básicas de sus bebés. Los establecimientos penitenciarios tampoco disponen de espacios o unidades habilitadas para la estancia de lo-as menores.

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Ninguna conformidad con las normas internacionales

Las personas privadas de libertad tienen la posibilidad de informarse a través de diversos medios

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Infracciones ocasionales

Las personas privadas de libertad que han conservado su derecho al voto pueden votar

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Ninguna conformidad con las normas internacionales
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Metodología de evaluación alternativa debido a dificultades de acceso a los datos

Las personas privadas de libertad pueden acceder a la información a través de la televisión. Es posible adquirir su propio televisor, que, por lo general, se comparte entre ocupantes de la celda, y la persona responsable de la disciplina se encarga de controlar su uso. Los periódicos se prohíben en las prisiones (artículo 60 del Decreto N.° 14310.

Las personas condenadas a una pena de prisión pierden su derecho al voto (artículo 65 del Código Penal).