Contribuidor(es)Bénédicte Brunet-La Ruche/Prison Insider

Relaciones con el exterior

Los detenidos tienen derecho a recibir visitas durante un período de tiempo predefinido. Los prisioneros podrían solicitar la reunificación familiar, que luego será revisada por el juez.

Las habitaciones o cobertizos de 20 a 50 m² sirven como “salones”. Son comunes, de género mixto y no ofrecen confidencialidad.

La administración de las prisiones se aprovecha de la dependencia alimentaria, sanitaria y financiera de los prisioneros durante estas visitas. Para tener derecho a recibir visitas, cada prisionero debe proporcionar su identificación con fotografía que aparecerá en el registro oficial. Los gastos son normalmente responsabilidad del Ministerio de Justicia, Legislación y Derechos Humanos, sin embargo, en general se hacen cargo de ellos los propios prisioneros.

Los bienes que reciben los prisioneros a menudo son retenidos por los prisioneros responsables de la supervisión de las visitas, o incluso por los mismos funcionarios de las prisiones. Los prisioneros deben pagar una “tarifa” a estos prisioneros que son responsables de las visitas.

Los prisioneros tienen acceso a teléfono. Ellos corren con los gastos. El derecho a correspondencia es, en teoría, ilimitado para los prisioneros.

El código penal no define el tipo de pena a la que se aplica la libertad condicional. Por defecto, todos los condenados a penas de privación de libertad, incluidos aquellos que cumplen condenas de prisión permanente, podrían beneficiarse de la libertad condicional. El Ministro de Justicia es responsable de conceder la libertad condicional tras el informe de una comisión supervisora. La decisión de concesión de la libertad condicional dependerá pues en parte de las directrices dictadas en política criminal. A finales de 2015, el Ministro de Justicia concedió en centenares de casos la libertad provisional.

La solicitud debería incluir la opinión del jefe del centro y la opinión del fiscal a cargo del caso judicial. El condenado debe haber justificado una buena conducta y compromisos serios de rehabilitación social. [Artículo]: Artículo 810 de la Ley 2012-15 del Código de Procedimiento Penal de 2012.

Las solicitudes de libertad condicional pueden ser atendidas después de:

  • tres meses para penas inferiores a seis meses.
  • el cumplimiento de la mitad de la pena para penas superiores a seis meses.
  • seis meses para reincidentes que son condenados a penas inferiores a nueve meses.
  • dos tercios de la pena para reincidentes que han sido condenados a penas superiores a nueve meses.

La libertad condicional lleva aparejadas medidas de asistencia y de control destinadas a comprobar la reinserción del liberado. Puede revocarse en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas. En tal caso, el condenado deberá cumplir la totalidad o parte de la pena que le restaba por cumplir, además de las nuevas sanciones que le puedan corresponder..

Estas mismas disposiciones se aplican a la libertad provisional de los menores. Las personas condenadas a penas privativas de libertad pueden disfrutar de un régimen de semi-libertad. Trabajan fuera de la prisión, sin vigilancia y en las mismas condiciones que los trabajadores libres. Por la noche y los días festivos deben volver a la prisión o al lugar que se indique.

El Tribunal Constitucional de Benín actúa de manera independiente del poder político. Cuando comprueba que se han violado los derechos humanos, su decisión se envía al Fiscal General y a la División de Acusación. Ante el creciente número de apelaciones ante el Tribunal Constitucional sobre las condiciones del arresto y la detención, visitan gendarmerías, comisarías y prisiones.

Casi todos los prisioneros (97,3%) afirman desconocer sus derechos ni los mecanismos para ejercerlos.

Se debe dar asesoramiento legal a algunos prisioneros en función de la naturaleza de su infracción. Más del 98% de los prisioneros en esta situación dicen que nunca han recibido asesoramiento legal. El entorno penitenciario no está adaptado a este tipo de reuniones legales: solo la prisión de Cotonou tiene un espacio adaptado que permite la confidencialidad de los encuentros entre los prisioneros y sus abogados. El Estado no respeta sus compromisos en relación con el asesoramiento legal, lo que explica su indiferencia frente a estos casos legales que han sido confiados al Estado.

El nuevo Código de Procedimiento Penal permite la asistencia de un abogado desde el inicio de la investigación . Sin embargo esta asistencia de oficio rara vez se produce debido a problemas financieros y geográficos. La mayoría de los abogados de oficio se encuentran en la prisión de Cotonou, y en menor medida en la prisión de Porto Novo.

Los secretarios del tribunal deben hacer un seguimiento de los expedientes de los prisioneros. Pero trabajan más en el tribunal que en las prisiones lo que ralentiza la tramitación de los expedientes de los detenidos.

La duración de la instrucción judicial plantea dificultades y también contribuye a la superpoblación de las prisiones. La prisión provisional se utiliza con mayor frecuencia que el control judicial o la imposición de fianzas. Las fianzas impuestas por los jueces son ciertamente altas. La duración de la prisión provisional no puede exceder de 6 meses desde que el juez de instrucción se hace cargo del asunto. La duración máxima solo puede prorrogarse una vez para asuntos correccionales (por lo tanto la duración máxima será de 12 meses) y tres veces en casos criminales (por lo tanto un máximo de 24 meses de prisión provisional).

Para obtener más información sobre las garantías judiciales del detenido acusado, consulte la guía publicada por la Federación Internacional de Cristianos. Acción para la Abolición de la Tortura (FIACAT) y ACAT Benín.

El país no cuenta con ningún mecanismo nacional de prevención.

El Subcomité para la Prevención de la Tortura recomienda que el país adopte un mecanismo nacional de prevención, de conformidad con el Protocolo Facultativo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura (OPCAT), que fue ratificado en 2006.