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España: machismo en el sistema penitenciario y la triple condena que sufren las mujeres en las cárceles españolas

A pocos días del 8 de marzo, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) ha presentado el 'Informe sobre la situación de las mujeres presas'

Están en abrumadora minoría estadística, viven en un sistema diseñado para los hombres y sufren evidentes diferencias de género. A pocos días del 8 de marzo, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) ha presentado el Informe sobre la situación de las mujeres presas. Tratamiento y derechos de las mujeres privadas de libertad en los centros penitenciarios de España y Andalucía. La organización analiza la situación de “vulneración de derechos que padecen las mujeres privadas de libertad” y plantean propuestas de mejora.

Desde la asociación denuncian que las mujeres que viven en prisión, sufren “una triple condena social, personal y penitenciaria”. Desde APDHA apuntan a que “España es uno de los países con mayor tasa de encarcelamiento femenino de Europa occidental,. Tal y como aseguran en una nota facilitada a los medios, donde se habla de una tasa del 4,5% según el Parlamento Europeo que contrasta con el 7,6% español. Según explican, esto podría deberse a “la dureza de nuestro sistema penal y el aumento del castigo a los delitos leves”, que son los más cometidos por mujeres.

A continuación, presentamos diez datos sobre la población reclusa femenina en España desgranados en el citado informe.

En minoría estadística

De las 59.398 personas privadas de libertad, unas 4.518 son mujeres, un 7,7% del total de población reclusa. Esto hace que el sistema penitenciario se haya diseñado para la mayoría. Es decir, para ellos.

Las consecuencias de esta masculinización y las vulneraciones de los derechos de las mujeres suponen el objeto de análisis del informe: “La existencia de pocos centros exclusivos para ellas y la consiguiente ubicación en módulos de centros pensados por y para hombres, la menor oferta de recursos y actividades, la falta de clasificación o separación individual, las mayores posibilidades de un cumplimiento alejado de la familia, etc. son algunos de los factores que sitúan a las mujeres como un colectivo especialmente aislado y vulnerable dentro de prisión”, advierte el informe.

La prisión: una institución “racializadora”

Para hacer una foto de la población reclusa femenina, la primera parada de la APDHA es la nacionalidad. Los datos de octubre de 2019 registran 16.574 personas extranjeras reclusas de las que 1.239 eran mujeres y 15.335 hombres. Es decir, las mujeres suponen un 28% de la población reclusa femenina.

Sin embargo, acudiendo a los datos del padrón de 2019, las mujeres extranjeras representan un 10,49% de la población total. APDHA lo explica de manera gráfica: una de cada 10 mujeres en libertad son extranjeras, pero si nos vamos a prisión la cifra asciende a 3 de cada 10, actuando la prisión como una institución racializadora“. El documento no entra a valorar las causas de esta representación, pero facilita algún dato que sugiere que el sistema es el criminalizador: “Según los últimos datos ofrecidos por el Mecanismo Nacional de la Prevención de la Tortura, en el año 2018 tan solo en Andalucía se produjeron 47.605 detenciones por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad estatales y autonómicos, de las cuales 44.588 se realizaron en aplicación de la Ley de Extranjería”.

Si para las mujeres con red familiar en el país la privación de libertad sigue suponiendo una experiencia difícil, en el caso de las migrantes, “la cárcel puede implicar en ocasiones un mayor problema familiar y social, especialmente si no cuentan con redes de apoyo que puedan visitarlas en prisión, acompañarlas y ofrecer alternativas de cuidados y sostén económico a aquellas personas dependientes a su cargo”, explica el informe.

Sobrerrepresentación de las mujeres gitanas

La APDHA también muestra su preocupación por el peso que tiene la etnia en dar con los huesos en la cárcel, especialmente, en el caso de las mujeres gitanas, tradicionalmente sobrerrepresentadas: “Uno de los datos que más llama la atención es el elevado número de mujeres encarceladas de etnia gitana en España; ya en 2005 constituían el 25% de la población penitenciaria sobre un total de población gitana española en torno al 1,4%”, explica el informe.

Cada vez más mayores

Otra de las tendencias que ha observado la APDHA a través del análisis de los datos apunta a que cada vez la población reclusa femenina tiene más edad: “Las mayores de 60 años conforman ya un 4,4% de la población total, cuando en 2005 apenas llegan al 2,4%. Las menores de 30 años, que en 2005 constituían casi el 30%, ahora solo llegan al 16% y, sin embargo el tramo entre 41 y 60 años recoge a más del 40% de las penadas”, aseguran.

Para darle una breve pincelada, el informe remite a la profesora María Acale: “El mayor número de mujeres que está privada de libertad lo está en la franja de edad en la que más acentuados están los roles de cuidado de las mujeres: maternidad y cuidado a las personas mayores de la familia, lo que hace que la ejecución de la pena sea más costosa para ellas que para los hombres”.

Tipos de delitos

Los delitos más frecuentes cometidos por mujeres son aquellos contra el patrimonio, la seguridad vial, delitos de lesiones, contra la salud pública, contra la Administración de Justicia y contra el orden público. “En particular, en 2015 las internas se encontraban en prisión, en aplicación de la Ley 10/95 del Código Penal, por los siguientes delitos principalmente: contra la salud pública (39,4% - 1.616) y contra el patrimonio y el orden socioeconómico (31% - 1.271). Es decir, por ambos delitos se encuentran en prisión siete de cada diez internas (70,4%)”, detallan en el informe.

La maternidad y los derechos de los niños

“El 80% de las mujeres presas son madres y el 56% tiene entre 21 y 40 años, es decir, se encuentran en período reproductivo”; asegura el informe. Cómo afrontar el parto y la crianza de los niños dentro de una cárcel es uno de los grandes desafíos de Instituciones Penitenciarias, ya que la condena de la madre colisiona con los derechos de un bebé. Hasta los tres años, los niños pueden convivir con sus progenitoras en cuatro tipos de espacios: los de madres dentro de prisiones femeninas, módulos de madres dentro de grandes prisiones mixtas, unidades dependientes para mujeres en tercer grado y unidades externas de madres.

Instituciones Penitenciarias puede facilitar el tercer grado a la madre cuando el hijo cumpla tres años, pero esta separación se hace inminente si las penas son largas e, incluso, cuando la condenada es extranjera y no tiene red familiar fuera que se encargue de sus hijos: “Si además, la madre es extranjera y no tiene familia en España tendrá que entregar a sus hijos a la comunidad autónoma o a una familia de acogida”, asegura el documento.

“*Un problema grave que sufre la infancia cuando sale de prisión es que el régimen de visitas con la madre es el mismo que para el resto de sus familiares, es decir, comunicaciones por locutorios una vez a la semana y un vis a vis familiar y otro de convivencia una vez al mes. Este sistema de visitas crea graves trastornos psicológicos al menor de tres años que sólo ha vivido con su madre en prisión”*, se explica en el informe.

La APDHA también se muestra preocupada porque “la institución penitenciaria y los Juzgados sólo visibilizan a los hijos e hijas de las mujeres en prisión, pero no a los demás hijos o hijas no privados de la libertad, de manera tal que no se tienen en cuenta un conjunto de factores como las edades, si están en un centro, si han tenido que ser separados, si el padre o los familiares no les pueden atender, etc.”.

Por todo ello, el informe acaba con unas recomendaciones destinadas a paliar algunas de las carencias antes mencionadas, entre las que se encuentran “evitar que los niños y niñas entren en prisión, mayor vigilancia en cuanto a las violencias machistas en el entorno carcelario y corregir la ausencia en ocasiones de intimidad por la presencia de policías varones en las revisiones médicas -especialmente ginecológicas-, es decir una atención sanitaria igualitaria, respetuosa con la intimidad y la dignidad de la mujer.”